Atribuciones específicas:
I. Promover y vigilar el cumplimiento de las disposiciones en materia de gestión documental y administración de archivos al interior de la Secretaría, de acuerdo a la Ley General de Archivos y la Ley de Archivos del Estado de Nayarit, así como de coordinar el funcionamiento de sus áreas operativas;
II. Propiciar la integración y formalización del grupo interdisciplinario de la Secretaría, convocar a las reuniones de trabajo, fungir como moderador de las mismas y llevar el registro y seguimiento de los acuerdos y compromisos establecidos, conservando las constancias respectivas;
III. Elaborar, con la colaboración de los responsables de Archivos Trámite y Archivo de Concentración, los instrumentos de control archivístico previstos en la Ley General de Archivo, la Ley de Archivos del Estado de Nayarit y sus disposiciones reglamentarias, así como la normativa que derive de ellos;
IV. Elaborar criterios específicos y recomendaciones en materia de organización y conservación de archivos, cuando la especialidad o funciones sustantivas de la Secretaría, así lo requieran;
V. Elaborar, previa consulta con las unidades administrativas de la Secretaría, el Programa Anual de Desarrollo Archivístico y someterlo a consideración de la persona titular de la Secretaría o a quien éste designe;
VI. Coordinar los procesos de valoración y disposición documental que realicen las Áreas Operativas; VII. Coordinar las actividades destinadas a la modernización y automatización de los procesos archivísticos y a la gestión de documentos electrónicos de las Áreas Operativas;
VIII. Brindar asesoría técnica para la operación de los archivos a los responsables de las áreas operativas y titulares de las demás Unidades Administrativas de la Secretaría;
IX. Someter a consideración de la persona titular de la Secretaría los programas de capacitación en gestión documental y administración de archivos;
X. Coordinar, con las demás Unidades Administrativas de la Secretaría, las políticas de acceso y la conservación de los archivos;
XI. Coordinar la operación de las áreas de correspondencia, archivos de trámite y archivo de concentración;
XII. Autorizar la transferencia de los archivos cuando una Unidad Administrativa de la Secretaría sea sometida a procesos de fusión, escisión, extinción o cambio de adscripción; o cualquier modificación de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y
XIII. Las demás que le confieran las disposiciones legales aplicables, las emanadas del Consejo Local de Archivos y las que le encomiende de manera expresa su superior jerárquico.